En cumplimiento a la Ley 1712 de 2014, el Decreto 103 de 2015 y la Resolución 3564 de 2015 de MINTIC, ponemos a disposición de la ciudadanía la siguiente información:
Ingeniera Civil de la Universidad Agraria de Colombia.
Especialista en Ambiente y Desarrollo Local de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, especialista en Planeación Territorial de la Universidad América, Diseñadora Urbano de la Universidad Nacional, especialista en avalúos de la Asociación Nacional de Evaluadores A.N.A.
Dirección: Calle 24 # 9-89, Barrio las Nieves. Tunja – Boyacá
Horarios de atención: 8:00-12:00, 14:00-18:00
Teléfonos: +57(608)742-1620 – +57(608)742-1953.
Celular: 317-6608032
Correos electrónicos: info@curaduriadostunja.com
Correos electrónicos Gmail: curaduriadosdetunja@gmail.com
Chat WhatsApp: 317-6608032
Se informa a todos los usuarios que en cumplimiento a lo establecido en el Decreto 491 de 2.020 y debido a la situación creada por la pandemia COVID 19 la Curaduría Urbana No 2 de Tunja ha habilitado los siguientes canales de atención para continuar de manera virtual la atención al público:
Correo electrónico: curaduriadosdetunja@gmail.com
Chat WhatsApp: 317-6608032
Horarios de atención: 8:00-12:00, 14:00-18:00
Se podrán realizar de manera virtual los siguientes trámites:
A tener en cuenta:
1.2.1 Noticias
1.2.2 Consulte publicaciones y avisos:
CONSULTE AQUÍ
1.2.3 Consulte licencias y actos expedidos
CONSULTE AQUÍ
1.2.4 Consulte el estado de su expediente en trámite
CONSULTE AQUÍ
CAROLINA PINILLA DIAZ
Ingeniera Civil de Universidad Agraria de Colombia, especialista en Ambiente y Desarrollo Local de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, especialista en Planeación Territorial de la Universidad América, Diseñador Urbano de la Universidad Nacional, especialista en avalúos de la Asociación Nacional de Evaluadores A.N.A Aso lonjas. Docente Universitario en Sistemas de Información Geográfica, Ingeniería Ambiental, Geología, Fotointerpretación y Fotogrametría en la Universidad Agraria de Colombia.
PERFIL PROFESIONAL
2.1.2. POLITICA DE CALIDAD
Expedir licencias urbanísticas en cumplimiento de la normativa vigente; comprometidos con la satisfacción de la solicitud de nuestros ciudadanos; brindando una atención de calidad con personal altamente calificado, especializado y con experiencia, con una infraestructura adecuada al servicio del usuario y del equipo apoyo.
2.2.1 MISIÓN
Prestar un servicio profesional y amable al usuario orientándolo clara, precisa y oportunamente en el cumplimiento de las normas urbanísticas vigentes, para el desarrollo de su propuesta; en beneficio del desarrollo urbano a través del estudio, verificación y otorgamiento de licencias urbanísticas; contando con un equipo profesional especializado y con sistemas de información adecuados que soporta eficazmente, la gestión estratégica de la curaduría.
2.2.2 VISIÓN
Ser reconocidos por la gestión durante el periodo 2021 – 2026 y brindar el mejor servicio en la expedición de licencias urbanísticas por medio de una atención al usuario reconocida por su excelencia en el desempeño de su recurso humano y la estricta aplicación normativa.
2.2.3 CALIDAD
Expedir licencias urbanísticas y otras actuaciones en cumplimiento de la normativa vigente comprometidos con la satisfacción de la solicitud de nuestros ciudadanos; brindando una atención de calidad con personal especializado y con experiencia; y con una infraestructura adecuada al servicio del usuario y del equipo de apoyo.
2.2.4 PRINCIPIOS DEL CURADOR URBANO 2 DE TUNJA
PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS CURADURIA DOS TUNJA
proceso Licenciamiento Urbanistico
7.1. Consulte licencias y actos expedidos
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7.2 Consulte el estado de su expediente en trámite
CONSULTE AQUÍ
REVISE AJUSTES DE ACCESIBILIDAD
PUEDE IGUALMENTE USAR LA BARRA DE ACCESIBILIDAD A LA DERECHA DEL SITIO
Generalidades
El presente documento establece las Políticas de Seguridad de la Información de la CURADURIA URBANA NÚMERO DOS DEL DISTRITO DE TUNJA – BOYACA a cargo de la Ingeniera CAROLINA PINILLA DIAZ (P), (en adelante, LA ENTIDAD).
Política
LA ENTIDAD, entendiendo la importancia de una adecuada gestión de la información, se ha comprometido con la implementación de un sistema de gestión de seguridad de la información buscando establecer un marco de confianza en el ejercicio de sus deberes con el Estado y los ciudadanos, todo enmarcado en el estricto cumplimiento de las leyes y en concordancia con la misión y visión de la entidad. Para LA ENTIDAD, la protección de la información busca la disminución del impacto generado sobre sus activos, por los riesgos identificados de manera sistemática con objeto de mantener un nivel de exposición que permita responder por la integridad, confidencialidad y la disponibilidad de la misma, acorde con las necesidades de los diferentes grupos de interés identificados. De acuerdo con lo anterior, esta política aplica a la Entidad según como se defina en el alcance, sus funcionarios, terceros, proveedores y la ciudadanía en general, teniendo en cuenta que los principios sobre los que se basa el desarrollo de las acciones o toma de decisiones alrededor del SGSI estarán determinadas por las siguientes premisas:
A continuación, se establecen 12 principios de seguridad que soportan el SGSI de LA ENTIDAD:
El incumplimiento a la política de Seguridad y Privacidad de la Información, traerá consigo, las consecuencias legales que apliquen a la normativa de la Entidad, incluyendo lo establecido en las normas que competen al Gobierno nacional y territorial en cuanto a Seguridad y Privacidad de la Información se refiere.
Fecha de Inicio: 13 De Octubre 2021
Fecha de Terminación: 13 De Octubre 2026
NOTIFICACIÓN DECRETO 406 DE 2021
ACTA DE POSESIÓN CURADORA 2 DE TUNJA
Funciones y Deberes del Curador Urbano
De conformidad con el artículo 9 de la Ley 810 de 2003, que modificó el artículo 101 de la Ley 388 de 1997 “El curador urbano es un particular encargado de estudiar, tramitar y expedir licencias de parcelación, urbanismo, construcción o demolición, y para el loteo o subdivisión de predios, a petición del interesado en adelantar proyectos de parcelación, urbanización, edificación, demolición o de loteo o subdivisión de predios, en las zonas o áreas del municipio o distrito que la administración municipal o distrital le haya determinado como de su jurisdicción.
La curaduría urbana implica el ejercicio de una función pública para la verificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y de edificación vigentes en el distrito o municipio, a través del otorgamiento de licencias de urbanización y de construcción (…)”.