Aprobación Planos de Propiedad Horizontal
Es la aprobación que otorga el curador
urbano, o la autoridad municipal o distrital competente para el estudio, trámite y expedición de
las licencias, a los planos de alinderamiento, cuadros de áreas o al proyecto de división entre
bienes privados y bienes comunes de la propiedad horizontal exigidos por la Ley 675 de 2001 o la
norma que la adicione, modifique o sustituya, los cuales deben corresponder fielmente al
proyecto de parcelación, urbanización o construcción aprobreado mediante licencias
urbanísticas o el aprobado por la autoridad competente cuando se trate de bienes de interés
cultural. Estos deben señalar la localización, linderos, nomenclatura, áreas de cada una de las
unidades privadas y las áreas y bienes de uso común.